DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA
   
 
   
El sistema de supervisión en materia de ruidos es una herramienta denominada SSMmR capaz de servir de soporte para una política de gestión en materia de ruido, sintonizado con las necesidades particulares de la ciudad. El sistema permite, mediante la utilización de las nuevas tecnologías, disponer de un mejor conocimiento de la realidad de la contaminación acústica del Municipio y poder realizar las actuaciones pertinentes en el futuro para gestionar este tipo de contaminación de manera adecuada. Este sistema dota al Ayuntamiento de una herramienta para el control y seguimiento de las actividades o locales ruidosos, así como el seguimiento de la contaminación ambiental externa de diferentes puntos del Municipio.
 
   
 
 

   La implementación del sistema supone el desarrollo de herramientas técnicas sofisticadas, que posibilitan el conocimiento de la situación en materia de ruido y que nos permitirán realizar análisis de la relación causa/efecto entre la contaminación por ruido y sus efectos sobre la salud.

 
 
 
Obligaciones desprendidas del Marco Normativo:
 
 
    La UE ha desarrollado un marco común para la evaluación y el desarrollo de las políticas comunes dentro de la UE en materia de ruido publicando el libro verde de las Políticas Futuras Contra el Ruido de la UE en 1996, en el que destacó dos funciones:
 
    - La obligación de informar al público sobre los niveles de ruido a los que están sometidos.
 
    - Tomar medidas para reducir los niveles de ruido emitido por las fuentes.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Estas filosofías de la Comunidad han desembocado en una acción Normativa que traslada a los Ayuntamientos la obligación de:
Adoptar las medidas necesarias (política ambiental), que faciliten emprender acciones que permitan conocer y evaluar el estado actual, para así definir unos objetivos, que mediante las medidas correctoras oportunas, sean realizables en un tiempo razonable.
Lo que lleva a:
 
a) La evaluación del ruido en su ciudad.
b) La información a la población sobre el ruido medioambiental y sus efectos.
c) Adoptar medidas para reducir el ruido cuando resulte necesario y para mantener la calidad del entorno acústico cuando esta sea buena.